martes, 11 de octubre de 2016

Casos de publicidad engañosa en México

Telmex
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), impuso una sanción de dos millones de pesos a la empresa Teléfonos de México (Telmex) por publicidad engañosa en sus servicios "Infinitum Móvil" Banda Ancha.

En atención a una queja recibida, Profeco revisó la campaña “Telmex ofrece 3 Mbps de velocidad a internet de banda ancha por $149.00 al mes (impuestos incluidos), ubicándolo entre los más baratos del mundo”, y detectó que la promoción se condicionaba a la contratación de otros servicios.

Con esta publicidad, Telmex incurrió en violación al artículo 32 de la Ley Federal de Protección al Consumidor motivando que la dependencia emitiera resolución administrativa imponiéndole una multa por la cantidad de dos millones de pesos.

Six Flags
La polémica se desató cuando su publicidad señalaba como costo de la admisión general $319 pesos, mientras que al momento de compra, a los consumidores se les cobraba 35 pesos adicionales por concepto de ‘proceso’, sin especificar en qué consistía.

Coca-Cola-Sidral Munded
"Ante la creciente preocupación de los consumidores sobre el daño a la salud de los refrescos, Coca-Cola ha centrado la campaña de los primeros meses del año en una bebida que los consumidores mexicanos consideran erróneamente como saludable o menos mala, engañando en su publicidad para tratar de mantener esa falsa percepción", señaló Alejandro Calvillo, director El Poder del Consumidor.

Añadió que en septiembre de 2014 presentaron una denuncia contra la publicidad de esta bebida ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) señalando este engaño y, en especial, la frase que la acompañaba "Lo bien hecho te hace bien".

El concentrado de jugo se obtiene a través de un proceso en el que desaparecen las propiedades de la fruta a tal grado que en las guías dietarias de los Estados Unidos es considerado un "azúcar añadido", explica la organización civil.

Afirman además que el consumo de Sidral Mundet no es recomendable y significa, si es bebido de manera recurrente, una amenaza a la salud.

Una de estas bebidas de 600 mililitros contiene 12 cucharadas de azúcar, que para un niño representa el 240% del máximo tolerable para todo un día establecido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como criterio ideal.

Cinepolis
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) exhortó a Cinépolis a modificar la información relacionada con promociones y publicidad por considerar que ésta es engañosa y desinforma, induciendo al consumidor al error o confusión, violentando así la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC).

En su publicidad, Cinépolis aseguraba: “Ahora los miércoles son de 2 X 1 en Cinépolis, todas las funciones en todas nuestras salas”, para luego condicionar la promoción en letras pequeñas con la precisión de que la promoción no aplicaba para funciones 4DX, premieres, especiales, alternativas o en las funciones y salas de Cinépolis VIP.

Adidas
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de una acción colectiva interpuesta por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en contra de la empresa de artículos deportivos Adidas, por la publicidad engañosa utilizada para vender tenis modelo Easy Tone.

Profeco argumentó que la empresa de calzado deportivo llevó a cabo conductas ilícitas consistentes en la emisión de publicidad engañosa en medios públicos televisivos y electrónicos, al efectuar declaraciones infundadas y sin sustento científico.

Ello ante afirmaciones hechas por Adidas en relación a que el uso del calzado deportivos “Easy Tone” causa más firmeza y tonicidad en los músculos de los glúteos en un 28%, así como más fortaleza en los músculos de la pantorrilla y en los tendones en un 11%, comparado con un zapato común para caminar.

Referencias



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